COAG Jaén registra una alegación formal ante Hacienda para dejar constancia del desacuerdo con un módulo fiscal que sobreestima la rentabilidad real del olivar en once veces

La organización agraria ha presentado un escrito técnico en el que acredita que el módulo del 26 % aplicado al olivar jiennense asume un margen neto que no existe, y denuncia que 47 municipios de la provincia quedasen excluidos de cualquier reducción en la última campaña de la renta, sin justificación técnica suficiente.

Jaén, 1 de julio de 2026.– COAG Jaén registró ayer en la Delegación de la Agencia Tributaria de Jaén y en el Ministerio de Hacienda una alegación y consulta tributaria formal en la que impugna el módulo de reducción del 26 % aplicado al IRPF del olivar de almazara para el ejercicio 2025.

El escrito se presenta el último día de la campaña de declaración de la renta con el propósito de que quede constancia oficial de que el sector olivarero jiennense cumple con su obligación tributaria pero no acepta las condiciones bajo las que lo hace, según afirma el secretario de Organización de COAG Jaén, Ignacio Rojas.

Los números no admiten discusión

Rojas, asegura que el módulo 0,26 presupone que el olivicultor obtiene un margen neto del 26 % sobre sus ingresos, sin embargo, los datos oficiales dicen otra cosa.

Según el análisis técnico elaborado por COAG Jaén con precios de PoolRed, de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) organismo dependiente del Ministerio de Agricultura y costes del estudio AEMO 2023 actualizado a 2025, el margen real ponderado del olivar en la provincia de Jaén es del 2,9% (excluidas amortizaciones y renta de la tierra), mientras que el módulo sobreestima la rentabilidad real en un factor, al menos, de ×10,9 veces.

De los seis sistemas productivos presentes en el olivar español, cuatro no alcanzan el 26% de margen que asume el módulo: Los dos sistemas más presentes en Jaén —el olivar tradicional en secano (33 % de la superficie provincial) y el olivar tradicional no mecanizable (12 %)— trabajan con pérdidas directas de –7,8 % y –42,6 % respectivamente.

Únicamente el olivar intensivo en regadío y el seto superan el umbral del módulo; ambos representan el 20 % del olivar jiennense. Para que un olivicultor de Jaén obtuviese el margen del 26% que imputa Hacienda, el precio del aceite debería estar en 4,80 €/kg. En 2025, el precio medio real ponderado, fue de 3,66 €/kg.

La Orden de mayo dejó fuera a la mitad de los municipios

Por otro lado, recordamos que en el mes de mayo, el Ministerio de Hacienda publicó una Orden por la que aprobaba reducciones del módulo para determinados municipios olivareros de Jaén. El resultado es que 47 de los 97 municipios de la provincia quedaron sin ningún tipo de reducción, permaneciendo al módulo general de 0,26.

El criterio empleado —una caída de producción superior al 30 % respecto a la media de las campañas anteriores— presenta, según los informes técnicos adjuntados, algunas deficiencias metodológicas graves que necesitan una revisión consensuada con el sector.

La alegación presentada por COAG Jaén culmina un proceso de trabajo iniciado tras la publicación de la orden de reducción de módulos, en el que la organización trasladó a la Subdelegación del Gobierno y a la Diputación Provincial informes técnicos basados en fuentes oficiales solicitando una revisión de los índices aplicables al olivar.

Al no prosperar estas gestiones y aprobarse la Orden HAC/484/2026 sin incorporar las recomendaciones de la Junta de Andalucía ni las demandas del sector, COAG registra un expediente técnico completo como último trámite, con el objetivo de que Hacienda pueda revisar los criterios aplicados o promover correcciones futuras.

La organización reitera su voluntad de mantener un diálogo con la Administración basado en la transparencia y el rigor metodológico para garantizar que los módulos reflejen la realidad económica del sector.

COAG Jaén solicita en su escrito:

  •            La revisión del módulo del 26 % para ajustarlo al margen real documentado (rango 0,02–0,04 para Jaén).       
  •            Respuesta motivada sobre los criterios por los que se desatendieron las recomendaciones de la Junta de Andalucía para la extensión de la reducción a los 47 municipios actualmente excluidos de la Orden HAC/484/2026.
  •            La reforma de la metodología de revisión: ventana histórica de diez años, incorporación de variables económicas (precios/costes) y uso de datos SIGPAC para atribución municipal.